OFAC emitió licencia para operaciones esenciales de cuatro petroleras estadounidenses en Venezuela
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El Departamento de Tesoro de Estados Unidos emitió, este jueves 16 de noviembre de 2023, la licencia 8M que autoriza a PDVSA el «mantenimiento limitado de operaciones esenciales» en Venezuela.
A continuación, el texto íntegro de la licencia emitida por la Ofac:
LICENCIA GENERAL NO. 8M
Autorización de Operaciones con Petróleos de Venezuela, S.A. (PdVSA) necesarias para el mantenimiento limitado de operaciones esenciales en Venezuela o la liquidación de Operaciones en Venezuela para Ciertas Entidades.
(a) Excepto lo dispuesto en los párrafos (c) y (d) de esta licencia general, todas las transacciones y actividades prohibidas por la Orden Ejecutiva (E.O.) 13850 del 1 de noviembre de 2018, modificada por E.O. 13857 de 25 de enero de 2019, o E.O. 13884 del 5 de agosto de 2019, cada uno según incorporado al Reglamento de Sanciones de Venezuela, 31 CFR parte 591 (el VSR), que normalmente son incidentes y necesario para el mantenimiento limitado de operaciones, contratos u otros acuerdos esenciales, que:
(i) sean para la seguridad o preservación de activos en Venezuela;
(ii) involucrar a PdVSA o cualquier entidad en en la que PdVSA posee, directa o indirectamente, una participación del 50 por ciento o más; y
(iii) estaban en vigor antes del 26 de julio de 2019, están autorizados hasta las 12:01 a. m., hora del este, del 16 de mayo de 2024, para las siguientes entidades y sus subsidiarias (colectivamente, las “Entidades Cubiertas”):
– Halliburton
– Schlumberger Limitada
– Baker Hughes Holdings LLC
– Weatherford International, sociedad anónima
Nota al párrafo
(a): Transacciones y actividades necesarias para la seguridad o la preservación de activos en Venezuela que estén autorizados por el párrafo (a) de esta licencia general incluir: transacciones y actividades necesarias para garantizar la seguridad del personal o la integridad de operaciones y activos en Venezuela; participación en reuniones de accionistas y directorios; realizar pagos en facturas de terceros por transacciones y actividades autorizadas por el párrafo (a) de esta licencia general, o incurrida antes del 21 de abril de 2020, siempre que dicha actividad fuera autorizado en el momento en que ocurrió; pago de impuestos locales y compra de servicios públicos en Venezuela; y pago de salarios a empleados y contratistas en Venezuela.
(b) Excepto lo dispuesto en el párrafo (d) de esta licencia general, todas las transacciones y actividades prohibidas por E.O. 13850, según enmendada, o E.O. 13884, cada uno incorporado en el VSR, que normalmente son incidentales y necesarios para la liquidación de operaciones, contratos o otros acuerdos en Venezuela que involucren a PdVSA o cualquier entidad en la que PdVSA sea propietaria, directamente o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más, y que estuvieran vigentes antes del 26 de julio de 2019, son autorizado hasta las 12:01 a. m., hora del este, del 16 de mayo de 2024, para las entidades cubiertas.
(c) El párrafo (a) de esta licencia general no autoriza:
(1) La perforación, elevación o procesamiento, compra o venta, o transporte o envío de cualquier petróleo o productos derivados del petróleo de origen venezolano;
(2) La provisión o recepción de seguro o reaseguro con respecto a las transacciones y actividades descritas en el párrafo (c)(1) de esta licencia general;
(3) El diseño, construcción, instalación, reparación o mejora de cualquier pozo u otro instalaciones o infraestructura en Venezuela o la compra o provisión de cualquier bien o servicio, excepto cuando sea necesario por motivos de seguridad;
(4) Contratación de personal o servicios adicionales, excepto cuando sea necesario por motivos de seguridad; o
(5) El pago de cualquier dividendo, incluso en especie, a PdVSA, o cualquier entidad en la que PdVSA posee, directa o indirectamente, una participación del 50 por ciento o más.
(d) Esta licencia general no autoriza:
(1) Cualquier transacción o trato relacionado con la exportación o reexportación de diluyentes, directa o indirectamente, a Venezuela;
(2) Cualquier préstamo, acumulación de deuda adicional o subsidio de PdVSA, o cualquier entidad en las que PdVSA posee, directa o indirectamente, una participación del 50 por ciento o más, incluso en especie, prohibido por E.O. 13808 de 24 de agosto de 2017, modificada por E.O. 13857, e incorporado a el VSR; o
(3) Cualquier transacción o actividad prohibida por el VSR, o cualquier otra parte de 31 CFR capítulo V, o cualquier transacción o actividad con cualquier persona bloqueada que no sea las personas bloqueadas identificadas en los párrafos (a) y (b) de esta licencia general. (e) A partir del 16 de noviembre de 2023, la Licencia General No. 8L, de fecha 23 de mayo de 2023, queda reemplazada y reemplazada en su totalidad por esta Licencia General No. 8M.
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